“En la venta de vehículos automotores efectuada a la FIFA con ocasión a la realización de la Copa Mundial Femenina Sub 20 FIFA 2024, debe facturarse el IVA correspondiente, sin perjuicio de que la FIFA pueda solicitar la devolución de este impuesto, siempre que los bienes y/o servicios se hayan adquirido entre el 29 de diciembre de 2023 y el 22 de octubre de 2024 con ocasión al desarrollo de la Copa y siguiendo con el procedimiento para el trámite de solicitud de devolución señalado en el artículo 1.6.1.30.2. del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016. Por su parte, para efectos de determinar si la venta de estos vehículos automotores debe facturarse con impuesto nacional al consumo, es necesario verificar si su nomenclatura arancelaria andina vigente corresponde a alguna de las enunciadas en los artículos 512-3 y 512-4 del Estatuto Tributario, o si se trata de un bien excluido del impuesto nacional al consumo de los señalados en el artículo 512-5 ibidem.”
Oficio Dian 10632 de 2024
$ 5.900
“Impuesto a las ventas – Beneficios tributarios – Exenciones”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |