“Al no ser posible el reparto de excedentes a los copropietarios por parte de la persona jurídica originada en la propiedad horizontal, este Despacho considera que no hay lugar a establecer el tratamiento tributario o naturaleza de los recursos a determinar. Véase, además, el Concepto 2016-02251 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, así como el Documento de Orientación Técnica No. 15 – “Copropiedades de uso residencial o mixto Grupos 1, 2 y 3.”
Oficio Dian 4428 de 2024
$ 5.900
“Impuesto sobre la renta y complementarios – Propiedad horizontal – Excedentes”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |