“En virtud de lo señalado en el parágrafo 1 del artículo 23 de la Ley 383 de 1997, el beneficio tributario consagrado en el artículo 237 de la Ley 1819 de 2016 para las sociedades ubicadas en ZOMAC, se puede aplicar de manera concurrente con el señalado en el artículo 258-1 del Estatuto Tributario.”
Oficio Dian 4634 de 2024
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“Beneficios concurrentes – Régimen tributario ZOMAC – Descuento IVA adquisición activos fijos reales productivos”
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Cantidad de descargas | Precio final unitario |
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