“… en Colombia no existe un régimen tributario o exenciones específicas para los extranjeros que ingresan al país bajo el Permiso para desarrollar Otras Actividades (POA). Por lo tanto, están sujetos a los diferentes impuestos del orden nacional que se generen por su actividad y a los deberes formales relacionados con estos, según lo regulado por la Ley y sus normas reglamentarias.”
Oficio Dian 4716 de 2024
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“¿El extranjero que ingresa a Colombia con el sello de migración marcado en la casilla POA está sujeto al pago de impuestos o está exento?”
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