Oficio Dian 8875 de 2024

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“Alcance de las expresiones “control” y “cualquier otro medio” del ET – Beneficiario final”

“No siempre es necesario que exista titularidad directa e indirecta en la persona jurídica para ejercer control, puesto que es posible ejercer control por otros medios distintos a la titularidad. De otra parte, la expresión “cualquier otro medio” en el numeral 2 del artículo 631-5 del ET., amplía la posibilidad de que una persona natural sea considerada beneficiario final sin necesidad de ostentar titularidad o derecho de voto sobre la persona jurídica. Abarca situaciones en las que una persona natural tiene la potestad de tomar y/o imponer decisiones relevantes en la administración, dirección o gestión de la persona jurídica sin ser necesariamente titular de una parte del capital o de derechos de voto. Véanse, ademas, los Oficios 905363 de 2022 y 905010 de 2022.”

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