“… los contribuyentes catalogados como microempresarios deberán sujetarse a las disposiciones fiscales vigentes para la determinación del impuesto sobre la renta y complementarios, lo que implica la utilización de la base contable de acumulación o devengo, conforme a lo dispuesto en el artículo 21-1 del Estatuto Tributario.”
Oficio Dian 0196 de 2025
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“Normativa fiscal que reglamente la aplicación de Sistemas de Contabilidad basados en el método de caja o en métodos mixtos, adoptados por microempresarios”
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