“El Decreto 572 de 2025 redujo varias bases mínimas a partir de las cuales se practica la retención en la fuente, ampliando así el universo de pagos sujetos a retención. En particular, la base no gravada para servicios pasó de 4 UVT a 2 UVT, lo que implica que prácticamente cualquier pago por servicios que supere 2 UVT genera retención en la fuente. Véanse, además, los Oficios 10721 de 2025 y 8536 de 2025.”
Oficio Dian 12329 de 2025
$ 5.900
“Impuesto sobre la Renta y Complementarios – Retención en la Fuente – Base mínima no sometida a Retención – Retención en la Fuente por servicios”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |