“… actualmente la circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar, incluyendo aquellos operados exclusivamente por internet en el territorio nacional o desde el exterior está gravada con IVA, lo cual conlleva a que el operador del juego sea responsable del IVA y esté obligado a practicar retención en la fuente a título de IVA sobre los pagos o abonos en cuenta que se realicen, siempre que ello sea exigible. Véase, además, el Oficio 908604 de 2022.”
Oficio Dian 12496 de 2025
$ 5.900
“Normativa que grava el monopolio de los juegos de suerte y azar con el Impuesto sobre las ventas”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |