“… la excepción a la obligación de expedir factura electrónica o generar documento equivalente electrónico opera respecto de la prestación del servicio público domiciliario y frente al usuario suscriptor conforme a lo preceptuado en el parágrafo del artículo 67 de la Resolución DIAN No. 00165 de 2023 y no opera respecto de la obligación de facturar electrónicamente a las entidades territoriales el cobro del subsidio para cubrir el déficit derivado de la prestación del servicio público domiciliario de acueducto, alcantarillado y aseo.”
Oficio Dian 13105 de 2025
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“Facturación Electrónica – Adición al Concepto Unificado No. 0106 del 19 de agosto de 2022 – Obligación de facturar y sistema de factura electrónica”
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