“La importación de armas y municiones realizadas por INDUMIL o en su representación, no causará el IVA, siempre que esté destina a la defensa nacional y de uso privativo de las Fuerzas Militares y la Policía, lo cual deberá certificarse a través del documento que expide el Ministerio de Defensa Nacional señalado en el artículo 1.3.1.9.1. del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016. Véanse, además, los Oficios 903371 de 2022 y 84024 de 2006.”
Oficio Dian 2333 de 2025
$ 5.900
“Impuesto Sobre las Ventas IVA – Importaciones que no causan el impuesto – Importación de armas y municiones para la defensa nacional”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |