“El locatario no está obligado a expedir factura electrónica de venta a la entidad financiera por las mejoras realizadas al bien inmueble dentro del contrato de leasing financiero con opción de compra, dado que no existe una operación de venta o prestación de servicios entre el locatario y el banco. En este escenario, la relación entre las partes se enmarca en un esquema de financiamiento dentro del contrato de leasing, sin configurarse una transferencia de bienes o una prestación de servicios que genere la obligación de facturar. La obligación de expedir factura sólo procede si se acredita la existencia de una compraventa expresa entre el locatario y la entidad financiera respecto de los bienes muebles adquiridos para las mejoras.”
Oficio Dian 3213 de 2025
$ 5.900
“Obligación de facturar – Sujetos obligados – Mejoras de bien inmueble en el marco de un contrato de leasing financiero”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |