“… el Concepto 901294 de 2021 dejo de ser aplicable desde el 3 de noviembre de 2022, fecha en la cual fue declarado la nula la disposición que le servía de sustento. De otra parte, La marcación de las declaraciones como SEL corresponden a un procedimiento habilitado por la DIAN y tal hecho es oponible respecto del contribuyente como de la administración. En caso de requerirse, las declaraciones deberán ser corregidas, presentadas o determinadas de manera oficial, sin que la “desmarcación como SEL” sea procedente. Finalmente, para las declaraciones de IVA que se presentaron con errores en su periodicidad se deberá atender lo dispuesto en el concepto 007585 interno 712 del 22 de junio de 2023. Véanse, además, los Oficios 0909 de 2024 y 0398 de 2024.”
Oficio Dian 3404 de 2025
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“Impuesto Sobre las Ventas IVA – Declaraciones de IVA”
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