Oficio Dian 5471 de 2025

$ 5.900

“Facturación Electrónica – Operaciones de arrendamiento de locales comerciales ubicados en plazas de mercado”

“… un Municipio deberá expedir factura electrónica de venta en los casos en que celebre contratos de arrendamiento de locales comerciales, así como cuando perciba ingresos derivados de actos de naturaleza comercial (venta de bienes o prestación de servicios), por regla general, gravados con IVA, conforme al artículo 420 del ET. Por el contrario, el Municipio no estará obligado a facturar en aquellos casos en que actúe en ejercicio de una función pública y perciba los ingresos por la ejecución de dicha función, caso en el cual tampoco se causará el IVA. Véanse, también, los Oficios 2484 de 2025 y 902838 de 2020.”

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