“… los convenios y contratos que celebre la sociedad fiduciaria FIDUCOLDEX S.A., en su calidad de administradora y vocera del Patrimonio Autónomo Fondo Francisco José de Caldas, sí se encuentran sujetos al Impuesto de Timbre Nacional, en la medida en que se configuren los elementos previstos en el artículo 519 del Estatuto Tributario, a saber: la existencia de un instrumento público o privado, la intervención de una persona jurídica como suscriptora, la constitución o modificación de una obligación jurídica y que el documento supere la cuantía establecida legalmente (6.000 UVT). Véanse,m además, los Oficios 5748 de 2025, 73589 de 2022 y 47091 de 2006.”
Oficio Dian 7575 de 2025
$ 5.900
“Aplicación del Impuesto de Timbre Nacional”
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Cantidad de descargas | Precio final unitario |
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