“Los productos plásticos de un solo uso destinados o usados con propósitos médicos y/o farmacéuticos a los que se refiere el numeral 1 del parágrafo del artículo 5 de la Ley 2232 de 2022, excluidos del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes, por remisión del parágrafo del artículo 51 de la Ley 2277 de 2022, comprenden también aquellos productos cuyo uso o destinación corresponda al ámbito veterinario. Lo anterior, siempre que su uso o destinación responda a exigencias de asepsia, higiene, conservación, o protección médica y no existan materiales alternativos para sustituirlos. Véanse, además, los Oficios 3210 de 2025, 8252 de 2024 y 0641 de 2023.”
Oficio Dian 0733 de 2026
$ 5.900
“Exclusiones del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes – Productos plásticos de un solo uso – Exclusiones”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |