“A efectos de registrar el ingreso para el propietario del vehículo, cuando el transporte terrestre automotor se presta a través de un vehículo de propiedad de un tercero diferente a la empresa de transporte, esta determinará la calidad de propietario, por regla general, a partir de la información reportada en el sistema RUNT, conforme a la inscripción efectuada ante el organismo de tránsito con ocasión de la tradición del dominio del vehículo. No obstante, cuando el vehículo haya sido adquirido mediante arrendamiento financiero -leasing, el registro de los ingresos para el propietario se efectuará en favor del poseedor o locatario, cuando sea alguno de estos quien suscriba el contrato de vinculación con la empresa de transporte. Si se trata de transporte terrestre automotor de carga, el registro de los ingresos para el propietario se efectuará en favor del poseedor o tenedor del vehículo cuando alguno de estos sea el titular de las relaciones económicas derivadas del contrato de vinculación con la empresa transportadora.”
Oficio Dian 2764 de 2026
$ 5.900
“Impuesto sobre la renta y complementarios – Ingresos por transporte terrestre automotor”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |