Oficio Dian 5151 de 2026

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“Impuesto de Timbre – ¿La totalidad de contratos de garantías mobiliarias a que se refiere la Ley 1676 de 2013, “por la cual se promueve el acceso al crédito y se dictan normas sobre garantías mobiliarias” se encuentran comprendidos en la exención del Impuesto de Timbre del numeral 26 del artículo 530 del Estatuto Tributario ?”

“El numeral 26 del artículo 530 del ET dispone que se encuentran exentos del impuesto de timbre nacional los contratos de prenda o garantía hipotecaria abiertas, por lo que dicha exención no comprende la totalidad de las garantías mobiliarias a que se refiere la Ley 1676 de 2013. Lo anterior, sin perjuicio de que en cada caso particular puedan ser aplicables exenciones al impuesto de timbre diferentes a la señalada en el mencionado numeral.”

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