Oficio SDES 115 – 027276 de 2023

$ 5.900

“Anticipo para futuras capitalizaciones”

“La entidad empresarial es una persona jurídica, tiene derecho a recibir los recursos ofrecidos por los asociados a título de anticipo para futuras capitalizaciones y a administrarlos como parte de su activo en su desarrollo operacional, como recursos propios y no como recursos entregados en depósito por los asociados para administrarlos en su nombre. Dado que no es posible la cesión de los recursos adquiridos bajo la figura de anticipos para futuras capitalizaciones en nuestra jurisdicción, no sería posible generar el reconocimiento en los Estados financieros de dicho hecho económico.”

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