“Un pasivo en moneda extranjera en el reconocimiento inicial de debe reconocer a la tasa de cambio de contado en la fecha de la transacción de la moneda funcional y la moneda extranjera, párrafo 21, NIC 21 Efectos de las variaciones en los tipos de cambio en moneda extranjera. Las diferencias surgidas en mediciones posteriores del pasivo en moneda extranjera (capital e intereses causados) a la tasa de cambio de cierre del periodo, se reconocerán en el resultado del ejercicio (ingreso o gasto). Cuando el pasivo financiero se decide capitalizarlo (instrumentos de patrimonio emitidos por la entidad) se debe reconocer a la tasa de cambio de la moneda funcional a la fecha de la aprobación de la capitalización, la diferencia resultante afectará el resultado del ejercicio.”
Oficio SDES 115 – 269444 de 2023
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“Pasivo en moneda extranjera – capitalización”
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