“Independientemente de la formalidad legal de la existencia de una situación de control o de grupo empresarial y su registro en la cámara de comercio, se debe evaluar los supuestos de control contenidos en el marco normativo de NIIF (DUR 2420 de 2015) y sus anexos, y así cumplir con la obligación de preparar y presentar un estado financiero combinado. Cuando el control es ejercido por varias personas naturales la preparación y presentación de los estados financieros combinados estará en cabeza de la subsidiaria en Colombia de mayor patrimonio controlada de forma directa, sin incluir la información financiera de sus controlantes.”
Oficio SDES 115 – 102905 de 2024
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“Control conjunto societario directo e indirecto”
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Cantidad de descargas | Precio final unitario |
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3 - 5 | $ 4.700 |
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