“… el artículo 4 de la Ley 2069 de 2020 derogó expresamente la causal de disolución por pérdidas contenida en el Código de Comercio y de la Ley 1258 de 2008, más no derogó las causales de disolución estatutarias que expresa y claramente se pacten en el contrato social.”
Oficio SDES 115 – 231327 de 2024
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“Reducción del capital social”
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