“No sobra advertir sobre la necesidad de efectuar una amplia y detallada revelación en el estado de situación financiera, así como en notas, de los hechos económicos que dieron lugar al reconocimiento de las acciones propias readquiridas y su correspondiente reserva, de acuerdo con lo consagrado en la NIC 1 Presentación de Estados Financieros. (Referencia: párrafo 79(a)(v) y (b), NIC 1). Finalmente, las Entidades Empresariales deberán mantener la reserva para la readquisición de Instrumentos de Patrimonio Propios en sus estados financieros, hasta tanto dichos instrumentos permanezcan en poder del ente económico o se defina la destinación de la misma de acuerdo a los parámetros definidos en el artículo 417 del Código de Comercio.”
Oficio SDES 115 – 300538 de 2024
$ 5.900
“Rescate de acciones en Colombia”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |