Sentencia CDEE 22908 de 2022

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“Beneficio tributario de la prima por emisión de acciones exige su efectiva capitalización a efectos de incrementar el capital de la sociedad con vocación de permanencia. “

“El contenido de los preceptos que regulan los efectos fiscales de los contratos de suscripción de acciones con prima está atado a la función social reconocida a esa institución. De ahí que el régimen tributario excepcional descrito esté reservado para casos en los que se requiera equiparar los precios a los que adquieren los porcentajes del valor patrimonial de la sociedad quienes suscriben las nuevas acciones, con los valores pagados por los antiguos socios, siempre que además la entidad determine aumentar, con vocación de permanencia, el capital disponible mediante la capitalización de la suma que haya recibido a título de prima”

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