Sentencia CDEE 23665 de 2022

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“Consideraciones acerca del valor probatorio del certificado de paz y salvo por concepto de la cuota de fomento arrocero para la deducción de costos en el impuesto de renta. “

“El recaudo y pago de este aporte es requisito para que se acepten como costos en el impuesto sobre la renta el valor de las compras de arroz durante el respectivo ejercicio gravable, para lo cual deberán obtener un certificado de paz y salvo por concepto de dicha cuota, expedido por la Federación Nacional de Arroceros (artículos 12 de la Ley 67 de 1983 y 78 del ET)”

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