Sentencia CDEE 25262 de 2022

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“Inspección tributaria goza de efectos suspensivos para la notificación del requerimiento especial, aun cuando el acta de cierre de la diligencia se suscriba después de concluido el término dispuesto en el artículo 706 del ET. “

“Lo que reprocha la apelante es que la demandada no le notificara el acta de cierre de la actuación dentro de los tres meses siguientes a la notificación de auto de apertura de la inspección, circunstancia que en su criterio provocó la ineficacia de la inspección como medio de prueba y enervó el efecto suspensivo del término para notificar el requerimiento especial que contempla el artículo 706 del ET”

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