Sentencia CDEE 26108 de 2023

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“Verificación de que el saldo a favor que se pretende imputar en la corrección esté registrado en la declaración del período gravable anterior es un aspecto de forma cuyo incumplimiento da lugar al rechazo de la solicitud. “

“Tratándose de la verificación atinente a que el saldo a favor, cuya imputación se pretende con la corrección, se encuentre declarado en el período gravable inmediatamente anterior, ya se pronunció la Sección en el sentido de señalar que no se trata de un aspecto de fondo, sino de forma, susceptible de ser revisado dentro del trámite de corrección regulado en el artículo 589 ET, atendido el procedimiento aplicable para la época de los hechos, por lo que en lo pertinente, seguirá la Sala, dicho criterio de decisión contenido en sentencia del 15 de septiembre de 2016, exp. 20848”

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