“La Sala ha precisado que si bien la procedencia de los costos se supedita a que la operación respectiva encuentre respaldo en una factura expedida con el cumplimiento de los requisitos legales (artículos 617, 618 y 771-2 del ET), su exhibición no excluye la potestad de la Administración de celebrar investigaciones respecto de la operación económica documentada, a fin de corroborarla o desvirtuarla …, correspondiéndole al obligado tributario desplegar la actividad probatoria necesaria para demostrar la realidad y características de la transacción”
Sentencia CDEE 26365 de 2023
$ 5.900
“La autoridad tributaria puede adelantar investigaciones respecto de la veracidad de las operaciones fiscalizadas, aun cuando estas se encuentren documentadas en facturas. “
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
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