Sentencia CDEE 26457 de 2023

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“Procede la devolución del IVA por cuenta de los bienes y servicios contratados por las unidades de servicios de salud de las universidades públicas. “

“La Sala advierte que como lo precisó en la sentencia que aquí se reitera Sentencia del 26 de septiembre de 2007. Exp. 15767, el beneficio tributario objeto de discusión es de carácter personal, es decir que está dirigido a las instituciones de educación superior estatales u oficiales sin que lo establecido en el reglamentario limite su alcance o restrinja su derecho. Lo anterior, por cuanto su objetivo es que estas instituciones presten un servicio educativo de calidad y puedan mejorar su cobertura. Es de recordar que la creación de UNISALUD como unidad especializada para la prestación de servicios de salud, atiende a la autorización que la Ley 30 de 1992 concedió a las universidades del Estado para crear su propia seguridad social en salud …. Aunque UNISALUD cuente con financiamiento propio proveniente de las cotizaciones y demás pagos realizados por sus cotizantes, la norma la concibió como una dependencia especializada de la institución y encargó su administración a la universidad de la que hace parte”

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