Sentencia CDEE 26501 de 2023

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“No son nulos los actos administrativos expedidos por la DIAN durante la suspensión de términos decretada en el marco del estado de emergencia. “

“En el concepto de la violación de la demanda, la actora sostuvo que la resolución del recurso de reconsideración estaba viciada de nulidad por falta de competencia temporal. La actora formuló este cargo con fundamento en que, para la fecha en que se expidió la resolución del recurso (17 de abril de 2020), el Director de la DIAN había suspendido los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa, lo cual incluía el término de 1 año para resolver el recurso de reconsideración, previsto en el artículo 732 del Estatuto Tributario. … En opinión de la Sala, la suspensión de los términos de las actuaciones administrativas no implicaba la correlativa suspensión de las funciones constitucionales y legales de la DIAN”

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