“La tesis de la apelante según la cual el artículo 6 del Decreto Distrital 271 de 2002 excluye de modo absoluto la posibilidad de que se le solicite la devolución a la autoridad tributaria … contraría la protección jurídica brindada con carácter general por nuestro ordenamiento a aquel que ve disminuido su patrimonio por cuenta de haber incurrido en el pago de una prestación no debida, principio conforme al cual quien se favorece del pago debe restablecer el equilibrio patrimonial restituyendo la prestación percibida sin fundamento (Capítulo II del Título XXXIII del Código Civil, artículos 2313 y siguientes). Aunque el citado artículo … no contempla el trámite que deben adelantar los interesados cuando el agente retenedor se niegue a devolver la retención practicada en exceso por concepto del ICA …, esa omisión de la norma no conlleva la desprotección del que soportó la retención en exceso. Jurídicamente nada impide que se tramite el reintegro de los pagos en cuestión a través del procedimiento general previsto en el Capítulo X del Decreto Distrital 807 de 1993, concordante con las disposiciones del Título X de Libro V del ET.”
Sentencia CDEE 26701 de 2023
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“Procede la solicitud de devolución de los pagos en exceso del ICA cuando se originan en mayores retenciones en la fuente. “
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