Sentencia CDEE 27053 de 2023

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“Venta efectuada por una sociedad residente en el territorio aduanero nacional (TAN) a una sociedad extranjera, de bienes adquiridos a un usuario de zona franca cuya salida al exterior fue tramitada por este último con formulario de movimiento de mercancías (FMM) siguiendo instrucciones de la vendedora, no configura una exportación exenta de IVA. “

“Las exportaciones efectuadas desde el territorio nacional, diferente a la parte delimitada como zona franca, se encuentra referida a mercancías nacionales o nacionalizadas, esto último con especial relevancia para el caso bajo análisis, comoquiera que, tratándose de mercancías producidas en zona franca, esto solo se cumple cuando se realiza la correspondiente importación desde tal área al resto del territorio nacional, en aplicación del especial régimen que aplica a las zonas francas”

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