Sentencia CDEE 27239 de 2023

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“Municipios no pueden desconocer las facturas de cobro del impuesto de alumbrado público emitidas por las empresas de servicio público. “

“Al no prever el ordenamiento local el deber formal de declarar el impuesto de alumbrado público en el municipio de Santiago de Cali, no es posible, como lo dispuso el a quo, que se exija el cumplimiento del procedimiento previsto para la expedición de los actos de determinación del tributo, incluido el relacionado con los términos legales señalados para tal fin. Por lo anterior, no le asiste razón al tribunal al afirmar que para la expedición de los actos administrativos demandados se debía atender el procedimiento establecido en el artículo 71 y siguientes del Decreto Extraordinario …, en concreto, los plazos para notificar el requerimiento especial y la liquidación de revisión, porque en este caso particular el municipio no está ejerciendo la facultad de modificar una liquidación privada. Sin embargo, lo anterior no es suficiente para que prospere el recurso de apelación, en consideración a que … el impuesto de alumbrado público de los periodos de enero a diciembre de 2014 fue liquidado por EMCALI mediante facturas”

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