Sentencia CDEE 27526 de 2024

$ 5.900

“Hecho indicador de la presunción de ingresos por omisión del registro de compras puede acreditarse a través de los distintos medios de prueba establecidos en el Estatuto Tributario o en el Código General del Proceso. El valor que arroja dicha presunción no puede adicionarse en el renglón de ingresos brutos. “

“La demandante sostiene que no procede la presunción […], en tanto la diferencia de compras […] no se fundamentó en la contabilidad de la [contribuyente], sino en la información exógena reportada por terceros […].”

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