“Sobre la información exógena se ha establecido, a partir del artículo 631 del Estatuto Tributario que contiene “datos generales sobre las operaciones realizadas en determinado periodo para estudios y cruces de información” C.E. Secc. Cuarta, sentencia del 10 de junio de 2021, exp. 24283. De tal forma que, el reporte allí contenido no abarca la especificidad de la información contable ni la trazabilidad de los costos, gastos y deducciones de un contribuyente. … El obligado a acreditar los costos, gastos y deducciones era el contribuyente. En ese sentido, contrario a lo que señala el recurrente, la DIAN no trasladó indebidamente la carga de la prueba con los requerimientos ordinarios de información, debido a que era la sociedad la llamada a demostrar los conceptos con los cuales disminuyó la base gravable en su declaración tributaria.”
Sentencia CDEE 28066 de 2024
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“Contribuyentes no pueden abstenerse de responder los requerimientos ordinarios de la autoridad tributaria aduciendo que la información reposa en los archivos de la entidad (información exógena). “
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