Sentencia CDEE 27820 de 2025

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“Presunción por diferencia en inventarios no debe aplicarse cuando la autoridad tributaria tiene pruebas para soportar la adición de ingresos.”

“En cuanto al procedimiento utilizado por la DIAN para determinar la adición de ingresos, la Sala encuentra que el actor, pese a tener la carga de la prueba, no desvirtúo que el faltante de inventarios se derivaba de ventas omitidas, ni detalló o soportó por qué las cantidades de producto -producidas y no facturadas- no fueron incluidas dentro del inventario final informado”

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