“Los bienes vendidos [por la demandante] a su vinculada tienen cada uno una naturaleza única a partir de su tamaño, claridad, color y forma, con lo cual se advierte una dificultad relevante en la aplicación del método seleccionado que no se supera, sino que más bien, se corrobora con la pretensión de la actora de aplicar el método PC a partir de avalúos de terceros respecto de las piedras vendidas dada su particular naturaleza. […] Por lo tanto, las pruebas sobre valoración de esmeraldas e idoneidad de los avaluadores que, en sentir de la actora, no fueron debidamente valoradas, en realidad no pueden acreditar la correcta aplicación del método PC a partir de avalúos.”
Sentencia CDEE 28256 de 2025
$ 5.900
“Método PC para el análisis de precios de transferencia no puede soportarse en avalúos de terceros, ni aplicarse en transacciones sobre bienes con características únicas. “
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |