“En relación con la posibilidad de establecer la solidaridad en el pago del impuesto de degüello, esta Sala en sentencia del 22 de septiembre de 2016 [Exp. 21942], precisó lo siguiente: los órganos de representación popular, en este caso la Asamblea, autorizada por la Constitución y la ley, acorde con los principios que rigen los tributos, deben establecer reglas en relación a la responsabilidad de los agentes recaudadores. Sin embargo, no le está permitido regular otro tipo de obligaciones que la ley no dispone para dicho propósito. […] En ese orden, acudiendo a las normas del orden nacional, se puede verificar que, en efecto, está autorizado que el Estado, a través también de sus entes descentralizados, impongan obligaciones en cabeza de personas naturales o jurídicas que no sean directamente los sujetos pasivos del impuesto, según el caso, pero no está facultado para crear obligaciones diferentes a las reguladas legalmente.”
Sentencia CDEE 29363 de 2025
$ 5.900
“Asambleas departamentales no tienen competencia para establecer la solidaridad en el pago del impuesto de degüello.”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |