Sentencia CDEE 29363 de 2025

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“Asambleas departamentales no tienen competencia para establecer la solidaridad en el pago del impuesto de degüello.”

“En relación con la posibilidad de establecer la solidaridad en el pago del impuesto de degüello, esta Sala en sentencia del 22 de septiembre de 2016 [Exp. 21942], precisó lo siguiente: los órganos de representación popular, en este caso la Asamblea, autorizada por la Constitución y la ley, acorde con los principios que rigen los tributos, deben establecer reglas en relación a la responsabilidad de los agentes recaudadores. Sin embargo, no le está permitido regular otro tipo de obligaciones que la ley no dispone para dicho propósito. […] En ese orden, acudiendo a las normas del orden nacional, se puede verificar que, en efecto, está autorizado que el Estado, a través también de sus entes descentralizados, impongan obligaciones en cabeza de personas naturales o jurídicas que no sean directamente los sujetos pasivos del impuesto, según el caso, pero no está facultado para crear obligaciones diferentes a las reguladas legalmente.”

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