“El reconocimiento contable de las notas crédito, descuentos, rebates o ajustes otorgados por proveedores debe efectuarse atendiendo la sustancia económica de la transacción y las condiciones contractuales pactadas entre las partes. Así mismo, los hechos económicos deben encontrarse debidamente soportados mediante documentos internos o externos, físicos o electrónicos, conforme a lo previsto en el Anexo 6 del Decreto Único Reglamentario DUR – 2420 de 2015. Los aspectos tributarios y de facturación electrónica relacionados con la DIAN y las haciendas municipales exceden la competencia del CTCP. Véanse, además, los Conceptos 2026-0090, 2023-0536, 2023-0451, 2022-0237, 2021-0399 y 2020-0693.”
Concepto CTCP 0123 de 2026
$ 5.900
“Notas crédito”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |