“Los registros de cartera de una propiedad horizontal deben permitir identificar y soportar las expensas causadas, los pagos recibidos, su aplicación, los intereses reconocidos y los ajustes efectuados, garantizando la integridad y trazabilidad de la información. Los intereses moratorios se reconocerán contablemente conforme al marco técnico normativo aplicable, una vez determinada su existencia y cuando sean exigibles. La definición de la procedencia jurídica de la imputación de pagos y de los efectos de actuaciones judiciales corresponde a las disposiciones legales, contractuales y reglamentarias aplicables y no al ámbito técnico del CTCP. Véanse, además, los Conceptos 2026-0088, 2024-0403, 2024-0302, 2024-0084 y 2023-0102, entre otros.”
Concepto CTCP 0184 de 2026
$ 5.900
“PH – Reconocimiento de Intereses de Mora”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |