“La constitución de una reserva con destinación específica a partir de los excedentes de una Entidad Sin Ánimo de Lucro – ESAL, corresponde a una decisión del órgano competente y constituye una apropiación dentro del patrimonio. La ejecución de las actividades para las cuales fue constituida no implica, por sí misma, la cancelación automática de la reserva. Los activos, pasivos, ingresos o gastos que se originen en dicha ejecución deberán reconocerse conforme a su naturaleza y al marco técnico normativo aplicable. Una vez cumplida total o parcialmente la finalidad de la reserva, corresponderá al órgano competente decidir sobre su mantenimiento, modificación o liberación, lo cual, cuando proceda, se reflejará mediante una reclasificación entre partidas patrimoniales y las revelaciones correspondientes en los estados financieros. Véanse, además, los Conceptos 2026-0173, 2026-0170, 2026-0102, 2025-0162, 2022-0411, 2021-0190 y 2019-0057, entre otros.”
Concepto CTCP 0191 de 2026
$ 5.900
“Tratamiento fondos de destinación especifica”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |