“La distribución de dividendos de una sociedad de economía mixta a favor de la Nación no se encuentra exenta del gravamen a los movimientos financieros al no constituir ejecución del Presupuesto General de la Nación, ni ser realizada por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional o un órgano ejecutor. Véanse, además, los Oficios 3866 de 2023 y 908434 de 2021.”
Oficio Dian 13296 de 2025
$ 5.900
“Gravamen a los Movimientos Financieros – Exenciones – Operaciones con el Tesoro Nacional”
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